Cuando un grupo de personas persiguen la misma ambición o bien común, unen fuerzas y trabajo conformando una sociedad cooperativa así pueden contar con recursos y a la vez, ser más eficientes y eficaces para obtener la rentabilidad deseado en el menor tiempo.
No obstante, clasificamos las ventajas y beneficios fiscales de las cooperativas.
Beneficios de las Cooperativas:
- La responsabilidad de los asociados está limitada a la aportación inicial de capital que hace cada uno de ellos. Por ejemplo, se constituye una sociedad cooperativa con 10 asociados con un aparte de $20.000, por tanto, el capital inicial total es de $200.000. Si durante el desarrollo de la actividad empresarial se endeudan por un importe de $400.000, cada uno de los asociados sólo responderá de hasta $20.000, pues su responsabilidad está limitada a ese capital aportado.
- Los asociados tienen derechos políticos y económicos por igual, es decir, totalmente equiparados. Al margen del capital que haya aportado cada uno de los asociados, todos tienen voz y voto con el mismo peso.
- Uno de los grandes beneficios de las cooperativas es que los asociados pueden percibir, si así lo prevén los estatutos de la empresa, intereses por sus aportaciones de capital social.
- Además, entre los beneficios fiscales de las cooperativas, dependiendo de si éstas se consideran protegidas o especialmente protegidas, encontramos: exenciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y reducciones del tipo impositivo y en los tributos locales, a no ser en Argentina que ahora se esta debatiendo sobre si se debe o no cobrar ganancias, ya la misma confederación (COOPERAR) declaro que “El objeto de las cooperativas es brindar servicios a los asociados. Nadie lucra consigo mismo”.
- Finalmente, las sociedades cooperativas se pueden beneficiar, asimismo, de subvenciones. Por ejemplo, en el caso de la constitución de cooperativas por parte de desempleados inscritos como demandantes de empleo.